La Normativa de Accesibilidad Arquitectónica considera más de 350 criterios aplicables a casi cualquier edificación que no sea una vivienda de uso privado.
La norma establece que en todos los nuevos espacios públicos (como calles o plazas), e interiores de todos los edificios de uso público, o que presten un servicio a la comunidad, y edificios colectivos, “deberán ser accesibles y utilizables en forma autovalente y sin dificultad por personas con discapacidad, especialmente por aquellas con movilidad reducida” (1).
(1) Cita parcial del Artículo 4.1.7 de la OGUC
Para mejorar edificaciones ya existentes
Conocer nivel de accesibilidad actual de sus edificaciones.
Conocer todas las mejoras en materias de accesibilidad que se deben realizar.
Costear dichos cambios para conocer la magnitud de la inversión.
Planificar dichos cambios en el tiempo.
En el caso de nuevas obras
Comprobar cumplimiento de criterios de accesibilidad.
Elaboración de memoria de accesibilidad.
Elaboración de planos de Rutas Accesibles.
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